Esta Convocatoria se encuentra publicada en la página www.ipn.mx

Con fundamento en el artículo 47, fracción III del Reglamento Orgánico y en cumplimiento a los Lineamientos para el Cambio de Carrera en el Nivel Superior, aprobados en la Tercera Sesión Extraordinaria del XXXVI Consejo General Consultivo del Instituto Politécnico Nacional, publicados en la Gaceta Politécnica Extraordinaria No. 1419 de fecha 21 de junio de 2018, y considerando la capacidad instalada en las unidades académicas, la Dirección de Administración Escolar, emite la siguiente:


CONVOCATORIA PARA CAMBIO DE CARRERA INTERNO EN EL NIVEL SUPERIOR,
MODALIDAD ESCOLARIZADA,
SEMESTRE ESCOLAR 23/2


BASES


PRIMERA:
De los requisitos

El alumno que desee participar en el proceso de cambio de carrera interno deberá:

  1. Haber cursado, al menos, un semestre escolar en la carrera en que ingresó al Instituto;
  2. Haber estado inscrito en el semestre escolar inmediato anterior; en caso de contar con baja temporal solicitar la revocación de la misma, previo al registro de cambio de carrera;
  3. Tener asignado número de boleta definitivo, emitido por la Dirección de Administración Escolar (DAE);
  4. Llenar la solicitud de cambio de carrera, donde indicará los motivos de su petición;
  5. Ser alumno regular o contar como máximo con dos unidades de aprendizaje reprobadas y no encontrarse en el supuesto previsto en el artículo 98 del Reglamento Interno; y
  6. No haber obtenido un cambio de carrera.

SEGUNDA:
Obtención de la Solicitud de Cambio de Carrera

El alumno podrá ingresar a las direcciones electrónicas www.ipn.mx o www.dae.ipn.mx, para obtener su Solicitud de Cambio de Carrera Interno en los cuatro días naturales previos al marcado como "Fin del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 aprobado en la Novena Sesión Ordinaria del XL Consejo General Consultivo del Instituto Politécnico Nacional.

En caso de las Unidades Académicas con Recalendarización en el ciclo escolar 2022-2023, el alumno deberá guiarse en los calendarios trabajados por la Comunidad Estudiantil y aprobados ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar de cada Unidad Académica y la Secretaría Académica del Instituto Politécnico Nacional.

El alumno deberá revisar, imprimir y firmar la Solicitud de Cambio de Carrera Interno en hoja blanca tamaño carta. En caso de que el alumno no registre sus datos correctamente, la Dirección de Administración Escolar (DAE) se deslinda de notificarlo de cualquier resultado.

El alumno que haya obtenido la Solicitud de Cambio de Carrera Interno, no podrá modificarla ni obtener otra, por lo que se le sugiere verifique la carrera a la cual desea el cambio, ya que se le asigna un número de folio con el que se identificará a lo largo de este proceso; es importante anotarlo por separado o memorizarlo.

Para conocer la disponibilidad de lugares de las carreras ofertadas, el alumno deberá consultar la Tabla Anexa.



TERCERA:
Envío de documentos

El día inmediato siguiente al último día de registro para obtener su Solicitud de Cambio de Carrera Interno de Cada Unidad Académica, el alumno deberá adjuntar en la plataforma https://servicios.dae.ipn.mx/subircambios, los siguientes documentos escaneados en formato PDF en un solo archivo (no fotografias ó imagenes):

  • Solicitud de Cambio de Carrera, firmada;
  • Oficio de baja temporal vigente, según sea el caso;
  • Formato de revocación de baja temporal, según sea el caso, (solicitar en Gestión Escolar).

El mismo día o el siguiente, el alumno recibirá por correo electrónico su Solicitud de Cambio de Carrera debidamente sellada por el Departamento de Gestión Escolar de su Unidad Académica, de no ser así, deberá enviar un correo electrónico para dar puntual seguimiento.

Si no conoces el medio de contacto de tu Unidad Académica, consulta la Tabla Anexa.


CUARTA:
De la asignación

La asignación de Cambio de Carrera Interno lo realizará la Unidad Académica, con la validación de la Comisión Especial de Cambio Interno de Carrera (CECIC), del Consejo Técnico Consultivo Escolar (CTCE), conforme al cupo establecido y, en estricto orden de priorización, de mayor a menor, del valor que resulte de la suma de los valores numéricos del promedio global y del porcentaje de avance obtenido en la carrera que cursa el alumno al momento de la solicitud; cortando en el valor que corresponda al último lugar disponible.

Tomando en cuenta para ambos supuestos la siguiente fórmula:

Promedio global + Porcentaje de avance = Valor numérico del solicitante

En caso de existir un empate, una vez establecido el orden de priorización de las solicitudes, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

  1. En primer lugar, el número de veces que cada alumno ha participado en algún otro proceso de cambio de carrera, dando prioridad a los que previamente hayan participado en más procesos.
  2. En caso de persistir un empate después de considerar el criterio anterior, se tomará como criterio adicional de desempate, la condición de escolaridad regular o hasta dos unidades de aprendizaje reprobadas.

QUINTA:
Publicación de resultados

Cinco días naturales previos al marcado como "Inicio del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 correspondiente a su Unidad Académica, serán publicados los resultados en las direcciones electrónicas www.ipn.mx y www.dae.ipn.mx .

El alumno que solicite cambio de carrera Interno deberá reinscribirse conforme al calendario de su Unidad Académica correspondiente y esperar la publicación de resultados en la fecha antes mencionada.


SEXTA:
De la aportación

El día inmediato siguiente de la Publicación de Resultados y hasta dos días naturales antes del marcado como "Inicio del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 correspondiente a su Unidad Académica, el alumno cuya Solicitud de Cambio de Carrera Interno haya sido procedente, deberá realizar los pagos correspondientes en BBVA, al número de cuenta 0132066084, a nombre de R11 B00 SEP IPN DIR ADMON ESCOLAR IE, por las cantidades que se indicarán en la Hoja de Resultado, para cada uno de los siguientes conceptos:

  1. Oficio de Cambio de Carrera, de la Dirección de Administración Escolar (DAE);
  2. Dictamen de Equivalencia, de la Dirección de Administración Escolar (DAE), según sea el caso;
  3. Credenciales, emitida por la Dirección de Administración Escolar (DAE).

La Dirección de Educación Superior (DES), emitirá el Dictamen Técnico Académico de equivalencia entre unidades de aprendizaje acreditadas (si fuera el caso), al alumno con cambio de carrera interno procedente, quien deberá efectuar el pago correspondiente en BBVA, al número de cuenta 0453761673, a nombre de IPN Dirección de Educación Superior, por la cantidad que se indicará en la Hoja de Resultado.


SÉPTIMA:
De la reinscripción

El día inmediato siguiente de la Publicación de Resultados y hasta dos días naturales antes del marcado como "Inicio del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 correspondiente a su Unidad Académica, el alumno con Cambio de Carrera Interno procedente deberá subir a la plataforma https://servicios.dae.ipn.mx/pagorecepcion, los comprobantes de pago con nombre completo y número de boleta por los conceptos señalados en su hoja de resultado.

El día marcado como "Inicio del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 correspondiente a su Unidad Académica, el alumno recibirá a través de correo electrónico por su Unidad Académica los siguientes documentos:

  1. Oficio de Cambio de Carrera, de la Dirección de Administración Escolar (DAE);
  2. Dictamen Técnico Académico, de la Dirección de Educación Superior (DES), según sea el caso;
  3. Dictamen de Equivalencia, de la Dirección de Administración Escolar (DAE), según sea el caso.

La documentación antes mencionada es OBLIGATORIA para realizar su reinscripción.


OCTAVA:
De la cancelación

El Cambio de Carrera Interno procedente será cancelado por la Dirección de Administración Escolar (DAE), si el alumno no subió los comprobantes de pago a la plataforma https://servicios.dae.ipn.mx/pagorecepcion, y la Unidad Académica no los visualiza a más tardar el día marcado como "Inicio del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 correspondiente a su Unidad Académica, agotando con esto la posibilidad de obtener un segundo cambio de carrera.

Una semana posterior al día marcado como "Inicio del Periodo Escolar" en el calendario académico 2022-2023 correspondiente a su Unidad Académica, las Unidades Académicas deberán informar a la Dirección de Administración Escolar (DAE), el número de alumnos con Cambio de Carrera Interno procedente que no finalizó el trámite de reinscripción.


NOVENA:
De la renuncia

Si el alumno decide renunciar al Cambio de Carrera Interno procedente, deberá enviar al correo electrónico eqvdae@ipn.mx un escrito, dirigido a la Dirección de Administración Escolar (DAE) debidamente firmado en formato PDF, a más tardar cuatro días posteriores al Inicio del Periodo Escolar de la Unidad Académica correspondiente con el fin de no tener problemas en su trayectoria académica, agotando con esto la posibilidad de obtener un segundo cambio de carrera.


DÉCIMA:
Disposiciones generales

  1. Los alumnos interesados en participar en la Convocatoria de Cambio de Carrera Interno y que su Unidad Académica NO haya Recalendarizado en el ciclo escolar 2022-2023, deberán guiarse en el calendario académico 2022-2023 aprobado en la Novena Sesión Ordinaria del XL Consejo General Consultivo del Instituto Politécnico Nacional.
  2. Los alumnos interesados en participar en la Convocatoria de Cambio de Carrera Interno y que su Unidad Académica cuente con Recalendarización en el ciclo escolar 2022-2023, deberán guiarse en los calendarios trabajados por la Comunidad Estudiantil y aprobados ante el Consejo Técnico Consultivo Escolar de cada Unidad Académica y la Secretaría Académica del Instituto Politécnico Nacional.
  3. Las solicitudes de cambio de carrera procedentes, serán aplicables únicamente para el semestre escolar 23/2;
  4. Las unidades de aprendizaje acreditadas en el periodo de Evaluación a Título de Suficiencia (ETS) a efectuarse en las fechas establecidas en su respectivo Calendario Académico 2022-2023, no serán consideradas para el otorgamiento del Cambio de Carrera Interno en este proceso, ni para la emisión de la equivalencia correspondiente;
  5. Aquellos trámites solicitados fuera de tiempo o forma, conforme al calendario de actividades establecido en esta Convocatoria, no participarán en ninguna etapa de la misma;
  6. El alumno que contravenga lo estipulado en el artículo 108 del Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, y haya sido sancionado con base en lo que establece el artículo 110 del mismo ordenamiento, no podrá participar en la presente Convocatoria;
  7. Los asuntos no previstos en la presente Convocatoria, serán resueltos por la Oficina del Abogado General del Instituto Politécnico Nacional.


NO TE DEJES SORPRENDER

La única forma de obtener un cambio de carrera en el Instituto, es registrándote y que el cambio resulte procedente de acuerdo a esta convocatoria, por lo que, si alguien a través de ANUNCIOS DE INTERNET, REDES SOCIALES, WHATSAPP, PERIÓDICOS O CUALQUIER OTRO MEDIO DE CONTACTO, PROMETE AYUDARTE CON TU CAMBIO, SE TRATA DE UN FRAUDE, ¡DENÚNCIALO!

Para obtener información adicional o aclaración de dudas, envía un correo electrónico a eqvdae@ipn.mx o bien llamar al teléfono 55 5729 6198, de la extensión 20201 a la 20205, del centro de atención telefónica de la Dirección de Administración Escolar (DAE), de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:00 hrs.




"La Técnica al Servicio de la Patria"




DRA. ANA LILIA CORIA PÁEZ
SECRETARIA DE SERVICIOS EDUCATIVOS

MAP. MARCO ANTONIO SOSA PALACIOS
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR

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